lunes, 1 de octubre de 2018


Derecho de autor
El símbolo del copyright, “©”, se usa para indicar que una obra está sujeta al derecho de autor.
El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que afirman los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de autor), por el simple hecho de la creación de una obra literariaartísticamusicalcientífica o didáctica, esté publicada o inédita. La legislación sobre derechos de autor en Occidente se inicia en 1710 con el Estatuto de la Reina Ana.
Se reconoce que los derechos de autor son uno de los derechos humanos fundamentales en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
En el derecho anglosajón se utiliza la noción de copyright (traducido literalmente como ‘derecho de copia’) que —por lo general— comprende la parte patrimonial de los derechos de autor (derechos patrimoniales).
Una obra pasa al dominio público cuando los derechos patrimoniales han expirado. Esto sucede habitualmente trascurrido un plazo desde la muerte del autor (post mortem auctoris). El plazo mínimo, a nivel mundial, es de 50 años y está establecido en el Convenio de Berna. Muchos países han extendido ese plazo ampliamente. Por ejemplo, en el Derecho europeo, son 70 años desde la muerte del autor. Una vez pasado ese tiempo, dicha obra entonces puede ser utilizada en forma libre, respetando los derechos morales.

Historia de los derechos de autor

Desde los orígenes de la humanidad, las obras no tuvieron prohibiciones de copia, de reproducción ni de edición. Es posible mencionar casos tan antiguos como el arte rupestre, creado hace 40 milenios en la Cueva de El Castillo en España, o el Poema de Gilgamesh, desarrollado desde hace cuatro milenios por los sumerios, escrito y preservado hace 2650 años gracias al rey asirio Asurbanipal.
Luego de la aparición de la imprenta, se facilitó la distribución y copia masiva de las obras, y posteriormente surgió la necesidad de proteger las obras no como objetos materiales, sino como fuentes de propiedad intelectual.









Hay que establecer una diferenciación entre estos dos conceptos porque, a menudo, tienden a tratarse como sinónimos y no lo son.
Las diferencias son:

- El derecho de autor reconoce al creador de la obra mientras que el copyright, representado por el símbolo ©, aparece cuando la obra ha sido publicada y está asociado a la idea "todos los derechos están reservados"

- El copyright se limita a la obra misma y no comprende al creador como sí hace el derecho de autor. Es decir, el derecho de autor reconoce el derecho natural del autor sobre su obra mientras que el copyright reconoce la negociación entre el autor y la sociedad para el uso de esta obra.

- El copyright comprende solo los derechos patrimoniales de una obra, esto es, los derechos puramente económicos, ya que se entiende que la obra es un producto de consumo y como tal, su propietario puede trasladar su posesión a otro por medio de una venta, herencia, regalo.... Sin embargo, el derecho moral es característico del derecho de autor.

- El copyright y los derechos de autor tienen diferente trato dependiendo del país en el que nos encontremos. En el caso de España, tal como hemos visto en el punto anterior, la legislación hace referencia especialmente a los derechos morales e incluyen aspectos como el reconocimiento de la condición de autor de la obra o el reconocimiento del nombre del artista sobre sus interpretaciones o ejecuciones. También, tal y como aparece en la , el derecho de exigir el respeto a la integridad de la obra y a la no alteración de las mismas. 
Por otro lado, los derechos patrimoniales son aquellos susceptibles de tener un valor económico y suelen estar asociados al concepto anglosajón de Copyright o derecho de copia o reproducción o distribución.

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